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sábado, 30 de enero de 2016

Presentación del anteproyecto de Ley Orgánica Integral por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias para Ecuador


¿Por qué es necesaria una Ley Orgánica Integral por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias en Ecuador ?


Porque 6 de cada 10 mujeres
han sido víctimas de violencia en el país, es decir,
más de 3.2 millones de mujeres
han sufrido algún tipo de violencia
de ellas, la cuarta parte,
alrededor de 800.000
han sido víctimas de violencia sexual.


Si bien se han creado unidades
especializadas en violencia contra las
mujeres así como nuevos tipos penales
relacionados con actos de violencia, éstos
no son suficientes ni abarcan todos los tipos
y ámbitos en las que se expresa la violencia
de género contra las mujeres, lo que tiene
un impacto negativo en la falta de atención
oportuna y la re-victimización quienes la
denuncian. Se requiere medidas adicionales
para garantizar el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencias. Nuestra
propuesta constituye el marco legal de las
políticas públicas de prevención, atención a
sobrevivientes de violencia y reparación de
sus derechos.


Entonces Es necesaria una ley que:


Reconozca los distintos tipos, y ámbitos de violencia,
que van mucho más allá de la violencia intrafamiliar, así
como también una ley que aborde la relación entre
discriminación y violencia y aborde no sólo los efectos
sino también las causas de la violencia.
Responda de manera especializada las necesidades
de prevención, atención, juzgamiento, sanción y
reparación de las mujeres víctimas de violencia y
víctimas indirectas.
Se adecúe a los derechos previstos en la Constitución
del 2008 y a los tratados internacionales.
Por estas razones, resulta urgente la aprobación de
una ley integral que aborde la violencia contra las
mujeres como una cuestión estructural que afecta los
ámbitos públicos y privados y que debe ser prevenida,
sancionada y erradicada

¿Cuáles son los tipos de violencia?


FÍSICA: Cualquier acción u omisión que ocasione daño o
sufrimiento físico a la mujer como resultado del uso de la
fuerza física o de cualquier objeto.
PSICOLÓGICA: Cualquier conducta que cause daño
emocional y disminución de la autoestima, perjudique o
perturbe el pleno desarrollo personal de la mujer.
SEXUAL: Cualquier conducta que amenace, vulnere o
restringa el derecho de la mujer a decidir voluntaria y
libremente sobre su vida sexual, de manera que esta
puede ser segura y plena.
ECONÓMICA Y PATRIMONIAL: Es toda acción u omisión
que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos
económicos o patrimoniales de la mujer. Este tipo de
violencia incluye también el recibir un salario menor por
igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
SIMBÓLICA: Es aquella que se da a través de patrones
estereotipados y de creencias religiosas que transmiten,
reproducen y consolidan relaciones de dominación,
exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la
subordinación de la mujer en la sociedad.

Todos estos tipos de violencia pueden combinarse. Y
si además eres indígena o afro ecuatoriana, si eres una
niña o adolescente, si tienes una discapacidad, si eres
pobre, analfabeta, ó estás en un estado de
vulnerabilidad, el grado de violencia tiende a ser mayor.

¿En qué ámbitos se produce la violencia?





De todo esto se hablara en la presentación . Contamos con su presencia . 

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HH

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